Públicos

Productores

Se considera como productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) cualquier persona física o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada en el sentido de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista en materia de contratos a distancia:

  1. Esté establecida en España y fabrique AEE bajo su propio nombre o su propia marca, o los diseñe o fabrique y comercialice bajo su nombre o marca en el territorio español; o
  2. Esté establecida en España y revenda bajo su propio nombre o su propia marca AEE fabricados por terceros, sin que pueda considerarse «productor» al vendedor si la marca del productor figura en el aparato, conforme al inciso 1º; o
  3. Esté establecida en España y se dedique profesionalmente a la introducción en el mercado español de AEE procedentes de terceros países o de otro Estado miembro; o
  4. Venda AEE por medios de comunicación a distancia a hogares particulares o a usuarios profesionales en España, y esté establecida en otro Estado miembro o en un tercer país.

No serán considerados productores de AEE quienes se limiten a prestar financiación mediante cualquier acuerdo de financiación de los definidos en la letra i), salvo que también actúen como productor en los sentidos definidos en los incisos 1º a 4º.

También son considerados como productores los representantes autorizados, que se definen como la persona física o jurídica establecida en España, nombrada por el productor de AEE que esté establecido en otro Estado miembro, y que será responsable de cumplir las obligaciones del citado productor en el territorio nacional.

 

Responsabilidades

Los productores de aparatos son los responsables de la gestión y la financiación del ciclo de reciclado de los aparatos, desde la recogida en los diferentes puntos de reciclaje, pasando por el transporte y el tratamiento, hasta la correcta gestión de los residuos.

  • Declaración trimestral de las cantidades de aparatos puestas en el mercado a través del Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE).
  • Marcaje de los aparatos con el símbolo identificativo establecido por la normativa.
  • Adopción de las medidas necesarias para la recogida selectiva y la adecuada gestión de los RAEE generados por sus aparatos puestos en el mercado, a excepción de que se destinen a su reutilización.
  • Identificación de los RAEE mediante etiqueta electrónica, de modo que se garantice la trazabilidad de los residuos.
  • Inclusión del número de registro en las facturas de productor a distribuidor.
  • Desarrollo de acuerdos que contemplen la preparación para la reutilización por parte de las plataformas logísticas.
 
Servicios de ECOTIC

En el momento en que un productor deposita su confianza en nosotros adhiriéndose a ECOTIC, asumimos sus responsabilidades relacionadas con los residuos, encargándonos tanto de los trámites administrativos de información y alta en los registros necesarios, como de subir las declaraciones de producción al Ministerio, y de la propia gestión de los RAEE.

Nuestro Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) contempla el establecimiento, desarrollo y gestión de los sistemas de recogida, tratamiento y control de los RAEE al final de su vida, asumiendo la gestión de los residuos, además de las responsabilidades legales de nuestros adheridos.  

  • Gestión de los aparatos al final de su vida útil incluyendo la recogida en las instalaciones del productor o Centro de Agrupamiento de Carga, el transporte y almacenaje, y el tratamiento en planta. 
  • Realización de los trámites administrativos incluyendo el alta en el registro de productores de aparatos.
  • Información al Registro Integrado Industrial en el apartado de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RII-AEE).
  • Declaración de producción a través de nuestra plataforma encargándonos de subir las declaraciones al registro del Ministerio.
  • Cumplimiento de los requisitos de reutilización de los aparatos, siempre y cuando resulte posible.


ECOTIC pone a disposición de los productores la mejor solución para el tratamiento de los RAEE, adaptable según la naturaleza del productor y las necesidades de recogida de los residuos.

  • Sin mínimos trimestrales, el coste se establece en función de los equipos puestos en el mercado.
  • Sin costes, ni cuota de adhesión ni costes de tramitación para las empresas que ya están cumpliendo con la normativa vigente.
  • Sin permanencia, contrato anual prorrogable.
  • Sin sobrecostes imprevistos, todos los costes están incluidos en los precios de servicio.
  • Factura única para aparatos eléctricos y electrónicos y pilas.
  • Tarifas por tipo de residuo, el productor solamente soporta los costes de aquellos productos que comercializa.
  • Transparencia en la gestión, con un precio de servicio calculado para obtener un resultado 0 al cierre del ejercicio.


Para consultar cualquier aspecto de nuestros servicios, ponemos a disposición de los productores nuestra información de contacto, a través de la cual puede solicitarse una propuesta personalizada según las necesidades planteadas.





Distribuidores

Los distribuidores incluyen a cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona o entidad que sea usuario final de dicho producto.

También pueden tener consideración de productores aquellos distribuidores que introducen  en el mercado aparatos con su marca, o en el caso que realicen importaciones, en cuyo caso deberán asumir las responsabilidades aplicables a los productores.

 

Responsabilidades 

Los distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos deben asumir una serie de responsabilidades establecidas por la normativa.

  • Limitación de la comercialización de aparatos a aquellos fabricados por productores con número de identificación en el Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE).
  • Aceptación y recepción de los RAEE, tanto en punto de venta como en el momento de la entrega de un aparato nuevo en el domicilio del comprador.
  • Habilitación de un punto de recogida de RAEE de menos de 25 cms, para aquellos distribuidores con una superficie de venta mínima de 400 m2.
  • Emisión de justificantes de recogida al comprador que entregue un RAEE, indicando la fecha, el tipo de aparato, la marca, el número de serie y el destino (reciclado o reutilización).
  • Gestión de los RAEE recogidos, sea a través de un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) como ECOTIC, o directamente en un gestor autorizado.
  • Identificación de los RAEE mediante etiqueta electrónica, de modo que se garantice la trazabilidad de los residuos.
  • Desarrollo de acuerdos que contemplen la preparación para la reutilización por parte de las plataformas logísticas.
  • Difusión de la información relativa a la correcta recogida de RAEE.

 

Servicios de ECOTIC

ECOTIC dispone de la mejor plataforma para la recogida y gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, adaptable a las necesidades específicas de las empresas con las que colaboramos, y asesorándoles sobre los requisitos y condiciones establecidas en el Real Decreto.

Para poder realizar la gestión de los RAEE con nosotros, los distribuidores deben darse de alta como punto de recogida, sin que ni ésta ni el tratamiento supongan ningún coste.

  • Gestión de los aparatos al final de su vida útil, incluyendo la recogida en las instalaciones del distribuidor o Centro de Agrupamiento de Carga, el transporte y el tratamiento por parte de un gestor autorizado.
  • Asesoramiento sobre la condiciones de recogida y transporte, para garantizar las condiciones óptimas en cuanto a las necesidades logísticas.
  • Asesoramiento sobre las condiciones de almacenamiento de los RAEE y los requisitos de las instalaciones de recogida, para garantizar la adecuada conservación de los residuos hasta su transporte hacia los gestores autorizados.
  • Identificación de los RAEE mediante etiquetas electrónicas, para asegurar la trazabilidad de los residuos hasta su destino final.
  • Soporte en la identificación de productores que cumplen con la normativa vigente, para evitar posibles eventualidades derivadas de irregularidades.
  • Cumplimiento de los requisitos de reutilización de los aparatos, siempre y cuando resulte posible.

Para consultar cualquier aspecto de nuestros servicios, ponemos a disposición de los distribuidores nuestra información de contacto, a través de la cual puede solicitarse una propuesta personalizada según las necesidades planteadas.





Instaladores

Como instaladores se consideran los profesionales que realizan instalaciones y reparaciones relacionadas con la electricidad, tanto en maquinaria e iluminación, como los instaladores de aparatos de climatización y refrigeración.

Existen varias especialidades en virtud del tipo de trabajo realizado, como por ejemplo realizar instalaciones eléctricas en residencias o locales comerciales (incluidas oficinas y talleres) o en el alumbrado público, o bien aquellos que se dedican a la reparación de averías eléctricas de maquinaria y electrodomésticos.

 

Responsabilidades

Los instaladores tienen establecidas una serie de responsabilidades en relación al reciclaje de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

  • Entrega del residuo retirado al realizar una instalación, bien sea a través de un centro de la distribución, a través de un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) como ECOTIC, o directamente en un gestor autorizado.
  • Emisión de justificantes de recogida al comprador que entregue un RAEE, indicando la fecha, el tipo de aparato, la marca, el número de serie y el destino (reciclado o reutilización).
  • Identificación de los RAEE mediante etiquetas electrónicas, para asegurar la trazabilidad de los residuos hasta su destino final.
 
Servicios de ECOTIC

ECOTIC es el socio de confianza de las principales asociaciones de instaladores eléctricos y de climatización a nivel nacional. Muestra de ello son los numerosos convenios suscritos con diferentes entidades, gracias los cuales los instaladores pueden beneficiarse de la recogida de residuos como aparatos de aire acondicionado, luminarias u otros, y de su traslado a  instalaciones autorizadas para su adecuada gestión ambiental.

Ofrecemos a los profesionales la posibilidad de gestionar a través de nuestro Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) sus residuos sin que suponga coste alguno para los instaladores.

  • Gestión de los aparatos al final de su vida útil, incluyendo la recogida en las instalaciones del instalador o Centro de Agrupamiento de Carga, el transporte y el tratamiento por parte de un gestor autorizado.
  • Asesoramiento sobre la condiciones de recogida y transporte, para garantizar las condiciones óptimas en cuanto a las necesidades logísticas.
  • Asesoramiento sobre las condiciones de almacenamiento de los RAEE y los requisitos de las instalaciones de recogida, para garantizar la adecuada conservación de los residuos hasta su transporte hacia los gestores autorizados.
  • Identificación de los RAEE mediante etiquetas electrónicas, para garantizar la trazabilidad del residuo, a través de los gestores con los que colabora ECOTIC.


Además, en ECOTIC impulsamos el programa Ecoinstaladores, una pionera iniciativa que tiene como objetivo incrementar las cantidades recogidas de residuos de aparatos de climatización y refrigeración, debido a que los volúmenes anuales son inferiores a los de otros tipos de residuos, y hacer partícipes a los instaladores de este objetivo por su papel clave en el proceso de reciclaje. Si se desea más información sobre cómo participar, se puede consultar nuestra sección específica dedicada a Ecoinstaladores.

Para consultar cualquier aspecto de nuestros servicios, ponemos a disposición de los instaladores nuestra información de contacto, a través de la cual puede solicitarse una propuesta personalizada según las necesidades planteadas.

 

Sanciones

Además del grave perjuicio medioambiental que puede ocasionar la inadecuada gestión de los residuos, el incumplimiento de lo dispuesto por la Ley 7/2022 sobre Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular implica la penalización mediante multas, que pueden oscilar entre los 2.000 y los 3.500.000 euros, u otras sanciones como son la inhabilitación profesional temporal o incluso la clausura de sus instalaciones.

Estas sanciones se establecen de forma específica para cada caso según lo dispuesto en el Título IX sobre responsabilidad, vigilancia, inspección, control y régimen sancionador de la mencionada Ley, tipificando las infracciones en el Artículo 108 y con la modalidad de la sanción establecida en el Artículo 109. La siguiente tabla recoge algunas de las infracciones y sanciones a título orientativo.

  


Leve

Sanciones de hasta 2.000€.
Hasta 20.000 euros si se trata de residuos peligrosos o suelos contaminados.

Productores de productos


  • Infracciones que por su escasa cuantía o entidad no merezcan la calificación de graves o muy graves.

Productores de residuos

Grave

Multa entre 2.001€ y 100.000€.

De 20.001€ a 600.000€ cuando se trate de residuos peligrosos o suelos contaminados.
Inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades previstas en la Ley y/o revocación de la autorización por un período no superior a 1 año.

Productores de productos

  • Comercialización de productos incumpliendo las obligaciones financieras o financieras y organizativas establecidas en el régimen de la RAP.
  • Incumplimiento de las obligaciones de inscripción en el Registro de Productor de productos, así como de las obligaciones de información sobre el número de identificación del productor registrado o de remisión de información sobre productos introducidos en el mercado nacional.
  • Elaboración, comercialización o utilización de productos incumpliendo las obligaciones que deriven de esta ley y de sus normas de desarrollo en materia de diseño y composición de los productos derivadas de la RAP.
  • Ausencia o limitación en el suministro de información a las autorizades competentes y a los gestores de residuos sobre la reparación y/o reciclado, así como la información fácilmente accesible al público sobre las características del producto relativas a la durabilidad, capacidad de reutilización, reparabilidad, reciclabilidad y contenido en materiales reciclados.

Productores de residuos

  • Incumplimiento de las obligaciones del productor inicial u otro poseedor de residuos no peligrosos, relativas a la gestión de sus residuos.
  • Incumplimiento de la obligación de proporcionar documentación, la ocultación o falseamiento de datos exigidos por la normativa aplicable, así como el incumplimiento de la obligación de mantenimiento y custodia de dicha documentación.
  • Falta de etiquetado, etiquetado incorrecto o parcial de los envases que contengan residuos peligrosos.
  • Entrega, venta o cesión de residuos no peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en esta Ley.
  • Abandono, vertido y la gestión incontrolada de cualquier tipo de residuo no peligroso.
  • La no elaboración de los planes de minimización de residuos.

Muy grave

Multa entre 100.001€ y 3.500.000€.

A partir de 600.001€ cuando se trate de residuos peligrosos o suelos contaminados.
Inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades previstas en la Ley y/o revocación de la autorización por un periodo entre 1 y 10 años.
Clausura temporal o definitiva, total o parcial de las instalaciones o aparatos, entre 1 y 5 años.

Productores de productos

  • Comercialización de productos incumpliendo las obligaciones financieras o financieras y organizativas establecidas en el régimen de la RAP.
  • Ausencia o limitación en el suministro de información a las autorizades competentes y a los gestores de residuos sobre la reparación y/o reciclado, así como la información fácilmente accesible al público sobre las características del producto relativas a la durabilidad, capacidad de reutilización, reparabilidad... siempre que haya supuesto peligro grave o daño a la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave del medio ambiente.

Productores de residuos

  • Incumplimiento de las obligaciones del productor inicial u otro poseedor de residuos peligrosos, relativas a la gestión de sus residuos.
  • Traslado de residuos sin cumplir las obligaciones impuestas en la Ley, incluyendo la remisión de la notificación previa, o sin acompañar el traslado con la documentación de identificación.
  • La entrega, venta o cesión de residuos peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en esta Ley.
  • El abandono, vertido y gestión incontrolada de residuos peligrosos.

 





Entes locales

Además de los servicios que ofrecemos a las empresas, en ECOTIC somos el socio de confianza de numerosos entes locales que han decidido trabajar con nosotros para el reciclaje de los residuos municipales de origen doméstico, que se canalizan a través de los puntos limpios, deixalleries, garbigunes, ecoparques y otros puntos de recogida habilitados a tal efecto. En ECOTIC mantenemos acuerdos de colaboración con entes locales para la gestión de RAEE, articulados en torno a dos modalidades.

Por una parte, los convenios marco con OfiRAEE, oficina virtual de la que ECOTIC es miembro conjuntamente con otros Sistemas Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), y que dispone de una herramienta que gestiona automáticamente las solicitudes de recogida de RAEE que emiten los puntos limpios municipales.

Asimismo, también hemos suscrito convenios bilaterales con entes locales para gestionar de forma directa a través de nuestro SCRAP la recogida y tratamiento de los residuos,a través de los puntos municipales de las entidades con las que colaboramos.

 

Responsabilidades

En la siguiente tabla se muestran las distintas fracciones de RAEE que se pueden encontrar en un punto limpio municipal.
 

FRACCIÓN

TIPOLOGÍA DE RAEE

ELEMENTOS DE ALMACENAJE

1

APARATOS DE INTERCAMBIO DE TEMPERATURA

Frigoríficos, congeladores, equipos de aire acondicionado, radiadores y emisores térmicos con aceite.

ALMACENADOS DE PIE LOS GRANDES EQUIPOS Y SOBRE PALETS DEBIDAMENTE RETRACTILADOS LOS EQUIPOS DE TAMAÑO REDUCIDO

2

MONITORES, PANTALLAS Y APARATOS CON PANTALLAS DE SUPERFICIE SUPERIOR A 100 cm2.

JAULA ESPECÍFICA

3

LÁMPARAS

Lámparas de descarga, fluorescentes y LED.

CONTENEDOR ESPECÍFICO

4

GRANDES APARATOS (Dimensión exterior > 50 cm)

Otros grandes aparatos electrodomésticos, equipos de informática y telecomunicaciones, otros aparatos electrónicos de consumo, otros aparatos de alumbrado, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes o equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios, instrumentos de vigilancia y gestión.

ALMACENADOS DE PIE LOS GRANDES EQUIPOS Y SOBRE PALETS DEBIDAMENTE RETRACTILADOS LOS EQUIPOS DE TAMAÑO REDUCIDO

5

PEQUEÑOS APARATOS (Dimensión exterior < 50 cm)

Otros aparatos electrónicos de consumo, otros aparatos de alumbrado, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes o equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios,

JAULA ESPECÍFICA

6

APARATOS DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES PEQUEÑOS (Dimensión exterior < 50 cm)

JAULA ESPECÍFICA

 

Servicios de ECOTIC
  • Automatización de la gestión y recogida de los RAEE procedentes de los puntos limpios municipales.
  • Uso eficaz y eficiente de los recursos de carga y transporte de que disponen todos los SCRAP.
  • Homogeneización de la información y los criterios de trazabilidad de los RAEE procedentes de los puntos limpios municipales.
  • Obtención y generación de información agregada, fiable y unificada sobre las cantidades de RAEE recogidas y gestionadas desde los puntos limpios municipales en los ámbitos local, autonómico y estatal.
  • Gestión de los aparatos al final de su vida útil, incluyendo la recogida en las instalaciones habilitadas por el ente local, el transporte y el tratamiento por parte de un gestor autorizado.
  • Asesoramiento sobre la condiciones de recogida y transporte, para garantizar las condiciones óptimas en cuanto a las necesidades logísticas.
  • Asesoramiento sobre las condiciones de almacenamiento de los RAEE y los requisitos de las instalaciones de recogida, para garantizar la adecuada conservación de los residuos hasta su transporte hacia los gestores autorizados.
  • Identificación de los RAEE mediante etiquetas electrónicas, para garantizar la trazabilidad del residuo, a través de los gestores con los que colabora ECOTIC.





Campañas

En ECOTIC apostamos firmemente por la sensibilización, tanto del sector profesional como de los usuarios de los aparatos eléctricos y electrónicos. A lo largo de nuestra historia hemos lanzado o colaborado en numerosas campañas dirigidas a distintos públicos: desde centros escolares, con acciones como R-Ciclojuguete o Juguetes con mucha vida, pasando por colectivos profesionales como el de los instaladores eléctricos con el programa ECOINSTALADORES, hasta la sociedad en general con la instalación de los contenedores rojos de recogida selectiva de Otro Final es Posible.

Estamos convencidos que el futuro del medio ambiente depende de la responsabilidad de todos y cada uno de nosotros, y en esta labor de concienciación ponemos todo nuestro empeño.





Otro Final es Posible

La campaña educativa Otro Final es Posible, es una iniciativa que venimos impulsanso desde hace varios años en diversas Comunidades Autónomas, orientada a la sensibilización y la sensibilización de los alumnos y docentes en centros escolares sobre la importancia del reciclaje y el impulso de la economía circular, para avanzar hacia un modelo de economía circular y hacia la sostenibilidad del medio ambiente y del modelo de producción y consumo.

A través de actividades formativas desarrolladas en los propios centros, con carácter pedagógico a la vez que lúdico, y fomentando la participación activa de los alumnos en diversas actividades, Otro Final es Posible se ha convertido en una de las campañas insignia de ECOTIC, y que pensamos hacer extensiva a nuevas Comunidades Autónomas como parte de nuestro compromiso con la concienciación de todos los actores que intervienen en el ciclo del reciclaje.

Para más información sobre las distintas ediciones de la campaña, puede consultarse la página web www.otrofinalesposible.org

 

  • Otro Final es Posible




  • ECOinstaladores

    El programa Ecoinstaladores es una iniciativa impulsada por ECOTIC desde el año 2011, con el soporte de las principales asociaciones de instaladores de nuestro país, con el objetivo aumentar la recogida de residuos procedentes de aparatos de climatización y refrigeración, un tipo de residuos que distan de los niveles óptimos de recogida deseables en comparación con otros tipos de RAEE.

    Por otra parte, quiere concienciar a los instaladores y distribuidores sobre la importancia de llevar a cabo una correcta desinstalación y gestión de los equipos, evitando de este modo el potencial impacto negativo de sus componentes (como gases CFC, HCFC y aceites refrigerantes) sobre el medio ambiente y la salud de las personas.

    Recientemente, hemos puesto en marcha una nueva edición del programa. ECOTIC ofrece el distintivo como Ecoinstaladores para aquellas empresas y profesionales que deseen contribuir al medio ambiente realizando una desinstalación responsable de los equipos, quienes además pueden beneficiarse de otras ventajas como la recogida gratuita de los residuos en sus instalaciones.

    Si se desea conocer más al respecto, puede solicitarse más información a través de nuestros datos de contacto, o bien visitar la página web www.ecoinstaladores.com

     

  • ECOinstaladores