La Fundación ECOTIC está autorizada para el tratamiento de todas las categorías recogidas en el RD208/2005:
| 1. GRANDES APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS 2. PEQUEÑOS APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS 3. EQUIPOS DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES 4. ELECTRÓNICA DE CONSUMO 5. APARATOS DE ALUMBRADO |
6. HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS Y ELECTRÓNICAS 7. JUGUETES O EQUIPOS DEPORTIVOS Y DE TIEMPO LIBRE 8. APARATOS MÉDICOS 9. INSTRUMENTOS DE VIGILANCIA Y CONTROL 10. MÁQUINAS EXPENDEDORAS |
La eficiencia, el rigor y la transparencia son los principios que rigen la gestión y la actividad de la Fundación.
Para lograrlo, la organización se estructura en Sectores de Actividad, integrados en los correspondientes SIG.
|
Actualmente ECOTIC se compone de seis Sectores de Actividad: 1. Electrónica de consumo |
||
|
Aparatos: radios, televisores, videocámaras, vídeos, cadenas de alta fidelidad, amplificadores de sonido, instrumentos musicales, otros productos o aparatos utilizados para registrar o reproducir sonido o imágenes, incluidas las señales y tecnologías de distribución del sonido e imagen distintas de la telecomunicación. Categoría a la que pertenecen según el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero: aparatos electrónicos de consumo (cat. 3 y 4). |
![]() |
|
2. Aire acondicionado |
||
|
Aparatos: aire acondicionado. Categoría a la que pertenecen según el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero: grandes electrodomésticos (cat. 1). |
![]() |
|
3. Electrónica profesional i electromedicina |
||
|
Aparatos: equipos de informática de ámbito profesional, aparatos de telecomunicaciones y aparatos de electromedicina (radioterapia, cardiología, diálisis, ventiladores pulmonares, medicina nuclear, aparatos de laboratorio para diágnóstico in vitro, analizadores, congeladores, pruebas de fertilización y otros aparatos para detectar, prevenir, supervisar, tratar o aliviar enfermedades, lesiones o discapacidades). Categoría a la que pertenecen según el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero: equipos de informática y telecomunicaciones, instrumentos de vigilancia o control i de electromedicina (cat. 3, 8, 9, 10). |
![]() |
|
4. Juguetes |
||
|
Aparatos: juguetes eléctricos y electrónicos. Categoría a la que pertenecen según el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero: juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre (cat. 7). |
![]() |
|
5. Aparatos de alumbrado |
||
|
Aparatos: lámparas y luminarias. Categoría a la que pertenecen según el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero: aparatos de alumbrado (cat. 5). |
||
6. Otros sectores de actividad |
||
|
Aparatos: otros aparatos no englobados en los sectores anteriores. Categoría a la que pertenecen según el Real decreto 208/2005, de 25 de febrero (cat. 1, 2, 6). |
||
Cada Sector de Actividad funciona independientemente, dispone de una estructura similar, con su propia Junta, y trabaja con presupuestos estancos aprobados por su Junta. Cada Sector se administra y controla sus costes y gastos, que deben contar con el benplácito del Patronato de la Fundación.
El presupuesto de cada Sector de Actividad proviene de las empresas adheridas al sistema, de los históricos en función de participación de mercado y de la responsabilidad del productor.
El conjunto de Sectores de Actividad dotan de presupuesto a la organización de la Fundación.
Cada Sector de Actividad realiza, de manera general, las siguientes actividades: